La jornada a tiempo parcial equivale a un día completo cotizado

Desde el pasado domingo 1 de octubre de 2023 entró en vigor el Real Decreto Ley 2/2023 donde se incluyó una modificación del artículo 247 de la Ley General de la Seguridad Social. Dicho cambio significa que la jornada a tiempo parcial equivaldrá a un día completo cotizado. Es decir, los días que se hayan trabajado a tiempo parcial van a computar como cotizados a jornada completa a la hora de calcular las cotizaciones para acceder a las prestaciones de la Seguridad Social (jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, incapacidad temporal y nacimiento y cuidado de menor).

También hay que destacar que esta equiparación tendrá retroactividad. Por lo tanto, también se aplicará a los períodos trabajados a tiempo parcial anteriores al 1 de octubre de 2023.

Se trata de una medida que se pone en marcha a raíz de dos sentencias del Tribunal Constitucional, que declaraban la inconstitucionalidad y nulidad de que la jornada parcial cotizara menos para los citados supuestos. Hasta ahora, se aplicaba un coeficiente de parcialidad para el cálculo de estas prestaciones y un empleado a tiempo parcial debía trabajar dos días para que contasen como uno en las cotizaciones.